Desde hace ya dos años, el colectivo denominado Espacio Audiovisual Nacional (EAN), que nuclea a importantes organizaciones vinculadas a la actividad audiovisual en todo el país, viene trabajando en un anteproyecto para una nueva ley audiovisual que reemplace y actualice la ley de fomento al cine vigente.
El cine –y luego lo que se llamó el “audiovisual”– fue siempre, y por varias razones, una actividad dinámica. Como solía decirnos una profesora de producción en la facultad, se trata de una “industria sin prototipos”. Es decir que, a pesar de que Hollywood –y no sólo Hollywood– adaptó los criterios de producción en cadena fordianos –de Henry, no del otro–, podemos decir que cada película es un producto único e irrepetible. Se pueden replicar procedimientos de producción y optimizar recursos ya utilizados pero cada película presenta un desafío nuevo y obliga a nuevas soluciones. Esto sigue siendo así, incluso en esta era de hegemonía de las plataformas, en la que parece resucitar y fortalecerse cierto espíritu de la era clásica de los estudios respecto a la producción en serie, incluso con más predominio en la lógica de la repetición de modelos.
Este carácter de industria tan particular, que llevó hace poco al diputado nacional Fernando Iglesias a escribir este tweet desafortunado, debería tenerse en cuenta cuando se discute el fomento estatal a la actividad audiovisual. Es un error frecuente exigir a los beneficiarios de subsidios del audiovisual resultados inmediatos y tangibles. ¿Cuántas veces hemos escuchado quejas referidas a la plata que se gasta en películas que no tienen éxito de público? Ese parámetro no debería ser la vara para determinar qué se subsidia. Incluso me atrevería a decir que debería ser todo lo contrario.
¿Cuántas veces hemos escuchado quejas referidas a la plata que se gasta en películas que no tienen éxito? Ese parámetro no debería ser la vara para determinar qué se subsidia.
Pero aun asumiendo un criterio “desarrollista” del subsidio, un hipotético y sano punto medio entre el ultraliberalismo y el hiperproteccionismo –es decir, apoyar desde el Estado una industria con el objetivo de que en un plazo corto o mediano esta pueda desarrollarse sin necesidad de ese apoyo–, aún en ese modelo, tampoco tendría sentido medir la eficacia del subsidio de acuerdo a los resultados económicos. No sólo porque es una industria cultural, en la cual hay un valor agregado en el producto que no se puede cuantificar tan fácilmente, sino porque las consecuencias de la intervención estatal no pueden medirse en forma individualizada –película por película– sino como una política cultural e industrial global, con ramificaciones complejas y a largo plazo. Pero sobre esto vamos a volver más adelante.
Decía que la actividad audiovisual es dinámica porque cada producto es único e irrepetible. Pero también porque su propia naturaleza la obliga a un permanente reacomodamiento. El otro gran factor que determina el dinamismo de la industria audiovisual es su dependencia de los cambios tecnológicos y su consecuencia natural: las modificaciones en los hábitos de consumo de los espectadores. En la Argentina, a todo esto hay que sumarle nuestra tradición de constante inestabilidad económica y política. Sumadas todas estas particularidades, parece bastante lógico que se esté pensando en una modificación de una ley que se dictó en 1994, cuando aún no existía Internet, cuando la preocupación era el crecimiento de los videoclubes y la televisión por cable y nadie imaginaba la hegemonía de las plataformas. Es imposible entonces no celebrar que tanta gente se involucre activamente no sólo para redactar el texto de un anteproyecto de ley sino también para promover los movimientos políticos y legislativos necesarios para que una nueva ley sea posible.
El peligro del corporativismo
La novedad central del texto es la propuesta de incluir el impuesto a la comercialización de contenidos audiovisuales en plataformas, para contribuir así al fortalecimiento del Fondo de Fomento. El fundamento del EAN para esta modificación es el correcto. El espíritu de la Ley de Cine indica que se debe gravar la exhibición tanto en salas como en televisión y video hogareño. No se incluyeron las plataformas porque no existían. El planteo de modificación de la ley no implicaría un nuevo impuesto sino adaptar el vigente a la nueva realidad de consumo audiovisual.
Luego viene una discusión técnica más compleja: si se hace a través de un gravamen impositivo directo o a partir de una obligación de producir una cantidad mínima de contenidos nacionales, si se deduce del IVA que ya está incluido en lo que pagamos o se agrega un 10% por sobre el IVA, de qué forma se determina la jurisdicción territorial de plataformas que se consideran globales, etc. No son cuestiones menores, porque de eso depende el costo fiscal de una nueva ley, su viabilidad legislativa y los parámetros legales que la pueden hacer posible. Pero más allá del camino técnico que finalmente se encuentre, existe un consenso grande dentro de la industria respecto a la necesidad y urgencia de que las plataformas aporten al Fondo de Fomento.
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Sin embargo, no siento que ese consenso exista fuera de nuestra comunidad audiovisual, ni en la clase política ni en el periodismo ni en la gente de a pie. El desafío es, en un contexto nacional de crisis económica y aumento de la pobreza, convencer a los legisladores y, sobre todo, a la opinión pública, de que se trata de un gravamen justo, que va a traer beneficios culturales al país, que puede aportar al desarrollo económico y generar trabajo genuino. En este sentido, percibo en las demandas del sector una petición de principios que no parece ser el mejor camino. La conclusión acerca de los beneficios de esta modificación de la ley se asume como comprobada previamente, como un derecho adquirido natural. Esto se traduce en un reclamo que aparece hacia afuera más como una demanda corporativa que como propuesta superadora.
Se ha insistido mucho en la idea de que los impuestos con los que se conforma el Fondo de Fomento surgen de la propia actividad, como una forma de justificar su existencia, para poder exigir que también se grave a las plataformas. Es un argumento al mismo tiempo falaz y poco inteligente. Es cierto que tanto el criterio de la ley vigente como la propuesta de modificación es el de recaudar a través de los distintos medios de exhibición audiovisual. Sin embargo, es un criterio insuficiente para que los ciudadanos entiendan por qué tienen que pagar un poco más cara su entrada de cine o la tarifa de Netflix.
La propuesta del EAN es que el 10% a gravar a las plataformas se deduzca del IVA, impuesto con el que ya están gravadas desde junio de 2018. Así no debería aumentarse el precio de la tarifa, ya que el total gravado seguiría siendo 21%. De esta forma pareciera darse a entender que la modificación no implicaría un nuevo impuesto para los contribuyentes (lo que de algún modo es cierto), pero también que no implicaría un costo fiscal para el Estado (lo que es falso). Si se lleva adelante la modificación, el fisco dejaría de recaudar parte del IVA. En lugar de negar esta evidencia, es más noble explicar cuáles serían los beneficios de gravar las plataformas.
El factor corporativo se manifiesta no tanto en los fundamentos del anteproyecto del EAN, que proclama valores culturales e industriales, aunque de una forma tal vez demasiado abstracta y declamatoria, sino en la propia redacción del proyecto. Y esta me parece una cuestión fundamental. La ley de cine fue clave para el desarrollo del cine argentino en los últimos 25 años. Las consecuencias de su sanción fueron altamente positivas y no es casual que haya sido un modelo de legislación para otras cinematografías. Son muchas las cosas que se deben rescatar y sostener de la vieja redacción, pero no precisamente el carácter corporativo que promovió para el funcionamiento del INCAA.
La creación de un Directorio con un poder de decisión superior al del actual Consejo Asesor no vendrá a reducir los problemas del corporativismo sino a aumentarlos.
Como muy bien lo explican esta nota y esta entrevista, la lógica corporativa predominante en el funcionamiento del Estado argentino es una de las causas de nuestro atraso. Aunque las intenciones tanto de los redactores de la ley vigente como de los que promueven su modificación sean las de encontrar mecanismos de participación democrática y una representación más justa de los sectores involucrados en la actividad, la práctica de todos estos años ha probado que esta lógica dio como resultado en muchos casos un reparto de beneficios entre las entidades y sus integrantes, el intercambio de favores más allá del bien común y un sostenimiento del status quo que ha intentado frenar siempre la renovación de nuestro cine. Me da la impresión de que los cambios sugeridos en este anteproyecto, con la creación de un Directorio conformado por 14 miembros, a ser designados a propuesta de las entidades profesionales y sindicales y las provincias, con un poder de decisión y cantidad y calidad de atribuciones muy superiores al que actualmente cuenta el Consejo Asesor, no vendrán a reducir los problemas generados por la lógica corporativa sino a aumentarlos.
El otro aspecto del anteproyecto que resulta problemático es el que determina qué se entiende por “Producción Audiovisual Nacional”. Cito textual:
El registro de imágenes en movimiento, con o sin sonido, realizadas con cualquier tipo de soporte y técnica, con contenido de ficción, documental, animación, videojuegos, tecnologías inmersivas e interactivas, siempre que sea obra de la creación humana, que esté tutelada por la normativa vigente en el ámbito del derecho de autor (…) siempre que sean producidas por personas humanas con domicilio legal en la República o personas jurídicas constituidas en el país y que no sean controladas por ninguna sociedad extranjera (….) Sin perjuicio de lo establecido en el presente artículo y a los fines del fomento establecido en la presente Ley, quedan expresamente excluidas de los beneficios del fomento las siguientes producciones audiovisuales: 1) Reality Show, Docudramas que formen parte de programas informativos, Teatro Filmado, Recitales Filmados, Charlas, Disertaciones o Cursos Filmados, Formatos en vivo de cualquier índole; 2) Otros Formatos no dramáticos: Cuando no exista la interpretación de un guion preexistente, tales como los formatos de Noticiero o informativos, los formatos de Interés General; formatos de Cultura General; formatos de Entretenimiento (Juegos, Concursos, Talk-Shows, Opinión, Debate, Entrevistas, Revista, Programas Ómnibus, Variedades, Stand Up, Bloopers, Concurso de Talento, Vloggers, Bloggers, Influencers) y cualquier otro formato creado o que en el futuro se desarrolle, (que no sea un hecho artístico pasible del fomento); formatos de Deportes o formatos de Espectáculo; 3) Institucionales (aquellas cuya finalidad sea dar a conocer determinadas organizaciones gubernamentales o privadas no comerciales); 4) Comerciales (aquellas cuya finalidad sea dar a conocer una empresa comercial o la de posicionar una marca de comercio o cortos publicitarios cuya finalidad sea la de promover el consumo de un producto determinado); 5) Infomerciales (aquellas que tienen por objeto informar sobre variables económicas, comerciales, financieras y similares); 6) Video Clips (aquellas destinadas a acompañar una composición musical)
Tal como les gusta citar a muchos progresistas y justificadores de las regulaciones proteccionistas en exceso, Scalabrini Ortiz escribió: “Todo lo que no se legisla explícita y taxativamente en favor del más débil, queda implícitamente legislado en favor del más fuerte. No es el poderoso el que necesita el amparo legal. Él tiene su propia ley, que es su propia fuerza“. Creo que la realidad es todo lo contrario. Cuando el legislador necesita explicitar y delimitar demasiado los límites del objeto a ser regulado, lo que se está manifestando es precisamente la dificultad para fijarlos con claridad y el riesgo de que la clasificación planteada envejezca muy rápidamente. El exceso de celo en la enumeración, paradójicamente, en lugar de determinar claramente los límites, deja en evidencia la incapacidad para fijarlos. El resultado, al revés de lo que sostenía Scalabrini Ortiz, puede terminar siendo el usufructo de esa labilidad por parte de los más poderosos. Es cierto que la realidad de la producción audiovisual y su perspectiva hacia el futuro presentan un gran desafío para definir los criterios de fomento por parte del Estado. Los límites se han vuelto difusos y, más allá de las regulaciones y la legislación que se emplee, existe el riesgo de que la producción independiente y las propuestas más innovadoras no encuentren el mejor cauce para desarrollarse. Me pregunto si la ley no debería definir más taxativamente los criterios para subsidiar.
La industria audiovisual genera más que divisas
Al señalar los aspectos de la redacción del anteproyecto que me generaron mayor inquietud no pretendo decir que no haya varias ideas valiosas y propuestas necesarias. Pero como decía al principio, más allá de las buenas intenciones, lo que va a permitir que una actualización de la ley sea posible será una actitud que evite poner en primer plano la lógica de un reclamo corporativo, que convenza a todos de que una mayor y mejor producción audiovisual argentina es posible con el apoyo del Estado y que el resultado será un beneficio para toda la comunidad y no sólo para los que nos dedicamos a esto. En ese sentido, tal vez al anteproyecto le falte todavía un poco más de imaginación, una apuesta por inventar formas de fomento novedosas y aprovechar la oportunidad para que en el futuro tengamos una gestión del INCAA más dinámica, más moderna, más eficaz y más económica. Si el cambio no es sustancial, la buena voluntad evidenciada en la idea de plantear una modificación con perspectiva de género y federal quedará sólo como una concesión al sentido común de los nuevos tiempos pero sin consecuencias positivas y sustentables para nuestro cine.
Un crecimiento del Fondo de Fomento a partir de un eventual nuevo gravamen a las plataformas será sin duda un motor para revitalizar la industria audiovisual. Sobre todo para la producción independiente de cine, que hoy es amenazada por el aumento de costos, la dificultad para acceder a recursos financieros genuinos y la hegemonía avasallante de las plataformas. Pero debemos hacer el esfuerzo por construir un consenso que justifique esa necesidad.
La actividad audiovisual permite el desarrollo no sólo de trabajadores calificados en distintas ramas de su producción, sino el de servicios adyacentes.
Al principio de esta nota decía que no podemos medir el impacto de un subsidio en forma individualizada ni a través de un resultado económico inmediato. Habría cientos de ejemplos para explicar que la tradición de una política estatal de apoyo al cine, a lo largo de tantas décadas en la Argentina, no fue eficaz porque permitió que se filmen películas puntuales, sino para que se genere toda una cadena no sólo productiva sino también cultural. La actividad audiovisual permite el desarrollo no sólo de trabajadores calificados en distintas ramas de su producción, sino el de servicios adyacentes como transporte, catering, equipamiento técnico, infinidad de insumos, locaciones y tantos otros. Pero sin cine argentino tampoco se hubiera desarrollado parte de la crítica especializada, no existirían muchos estudios académicos ni habría establecimientos educativos para la enseñanza de cine. Por otro lado, pude comprobar muchas veces que unas de las cosas por las que en distintas partes del mundo nos conocen y admiran es por nuestras películas. El potencial exportador del cine argentino no sólo incide en el ingreso de divisas sino en el valor agregado incuantificable que generan las narraciones audiovisuales.
Pero de todo esto ya se ha hablado muchas veces y durante mucho tiempo, y pareciera que el concepto de “excepción cultural” para justificar las políticas proteccionistas al audiovisual ya no tiene la eficacia de convencimiento que alguna vez tuvo. Tal vez se entienda mejor a partir de ejemplos más concretos. Yo soy, antes que nada, un director de cine. Es lo que conozco. Pero estoy seguro de que lo que voy a sostener acá es homologable a otras ramas de la actividad cinematográfica: técnicos, guionistas, actores. Estoy convencido de que uno de los caminos para que mejore la calidad de los productos argentinos pensados como formatos originales para plataformas –tanto series como películas– es que se le brinde un espacio de creatividad a la gran cantidad de directores talentosos que hay en la Argentina. Aun dentro de la lógica de producción de las plataformas, que es muy distinta a la del cine de autor, los directores independientes que desarrollaron su carrera profesional en gran parte gracias a la existencia del INCAA tienen mucho para aportar a este tipo de formato más industrial. A mí no me parece casual, por ejemplo, que las dos mejores series documentales argentinas, Carmel ¿quién mató a María Marta? y Bilardo: el doctor del fútbol, hayan sido dirigidas por directores que venían con una experiencia previa en el cine independiente.
Sería un grave error creer que en un país como la Argentina se va a desarrollar una industria audiovisual de calidad sólo por la existencia de plataformas que produzcan contenidos sin necesidad del fomento del Estado. El fenómeno de las plataformas puede ser algo circunstancial, porque el boom de producciones actual, que está demandando mucho empleo entre técnicos y actores, lo que es una gran noticia, puede llegar a ser una burbuja a desvanecerse en cuanto las condiciones cambien. Pero debemos entender que incluso si así no fuera, esas estructuras de producción necesitarán del semillero de talento que sólo puede ofrecer el cine independiente. Si quieren ver buenas películas y series argentinas en Netflix, yo recomendaría que no maten el cine independiente.
Una última reflexión. Siempre me pareció un error focalizar la defensa del fomento al cine exclusivamente por su valor industrial, sin destacar el aspecto artístico. Hay muchas actividades que generan trabajo y aun así no tienen subsidios del Estado; son muy pocas las que pueden generar el milagro de dar un testimonio de la belleza (o del horror) del mundo.
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