¡Hola! Bienvenido a la tercera edición de Materia gris. Hoy conversamos con Osvaldo Pérez Sammartino, abogado constitucionalista, profesor de Derecho en las universidades de Buenos Aires y San Andrés y autor de Seúl. Lo llamamos para hablar sobre las designaciones del abogado Manuel García-Mansilla y del juez federal Ariel Lijo a la Corte Suprema de Justicia.
La nominación de Lijo en particular despertó una serie de críticas y polémicas.
¿Por qué es importante cubrir las dos vacantes en la Corte Suprema?
Elena Highton de Nolasco se retiró en 2021 porque había cumplido hacía ya tiempo los 75 años. La reforma de 1994 estableció que los jueces de la Corte, que antes eran vitalicios, tendrían un mandato máximo hasta cumplir los 75 años de edad, con posibilidad de prórroga por cinco años. Ya retirada Highton, quedaron cuatro jueces. Y en diciembre va a abrirse una nueva vacante, porque el juez Maqueda cumple 75 años. El Gobierno entonces nominó a dos personas para cubrir esas vacantes. Si la ley determina que tienen que ser cinco miembros, es lógico que se inicie un procedimiento para designar a los miembros que faltan. La Corte ha venido funcionando con cuatro miembros sin mayores problemas, pero ya con tres sería muy difícil, porque traería problemas respecto a la conformación de mayorías. Deberían designar a conjueces de otros tribunales para resolverlo.
¿Considerás que Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, los dos candidatos que propuso el Gobierno, cumplen con los requisitos para integrar la Corte?
Conozco a García-Mansilla. Hemos coincidido en distintos congresos y actividades relacionados a nuestra profesión. Tiene una extraordinaria formación jurídica general y en derecho constitucional. Es un gran erudito, conoce muy bien nuestra Constitución y el derecho constitucional norteamericano. Es una persona muy seria, recta y no tengo dudas de que obraría con independencia. Es un jurista muy respetable. Su designación debe celebrarse.
A Lijo no lo conozco. Conozco lo que ha trascendido en los medios. Ha sido denunciado por manejos irregulares en el Consejo de la Magistratura. Pertenece al ámbito de Comodoro Py, a esos tribunales opacos y de muy mala fama donde hay mucha connivencia con la política, y donde las causas de corrupción se aceleran o frenan de acuerdo a los tiempos políticos, y se sospecha que muchos jueces llevan un tren de vida incompatible con sus salarios. Se dice que el hermano de Lijo es un gran operador judicial, una especialidad que no debería existir, porque se nutre de influencias ajenas al sano ejercicio de la abogacía. Respeto el principio de inocencia, no tengo pruebas de todo esto. Pero, sea cierto o no, es difícil que despierte en la sociedad la confianza que debería generar un juez de la Corte Suprema.
¿Qué posibilidades tiene el Gobierno de lograr la aprobación de ambos candidatos en el Senado?
Con la reforma de la Constitución de 1994 se estableció que para prestar acuerdo al candidato que propone el presidente, se requiere una mayoría calificada de dos tercios de los presentes en el Senado. El partido de Milei es muy minoritario en ambas cámaras. Solamente logrando acuerdos con otros bloques podría lograr los dos tercios.
La gran pregunta es si antes de postular estos nombres el Gobierno sondeó a distintos bloques del Senado para realizar acuerdos. Y si los realizó, hay que ver en qué términos. Porque en estos casos juega el “toma y daca”, nadie concede un acuerdo sin obtener un beneficio determinado. Además, si el peronismo se abroquela en el Senado para lograr el rechazo, no hay manera de frenarlo. Es muy difícil pronosticar qué ocurrirá en el Senado, aunque en el ámbito político esta postulación no generó tantos rechazos hasta ahora. A diferencia del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, que se pronunció contra la designación de Lijo.
También hubo críticas respecto a la falta de mujeres en la Corte. ¿Es importante contar con una Corte “diversa”?
La Constitución no establece un cupo ni una composición igualitaria. Podría establecerse a través de la ley. Pero habría que ver si no es inconstitucional, porque implicaría establecer nuevos requisitos no previstos por la Constitución. El decreto 222, firmado por Néstor Kirchner en 2003, menciona la diversidad de género. Pero es dudoso que eso pueda ser considerado como un requisito.
No soy muy partidario de los cupos, ni de esta idea de que la mujer garantiza una cierta mirada. Las mujeres pueden tener ideologías más conservadoras o más progresistas. El hecho de ser mujer no garantiza una determinada ideología. Aunque es una realidad que las mujeres han sido postergadas a la hora de ocupar cargos públicos o lugares de poder. Y es lógico que intentemos que accedan a estos espacios en la misma medida que los hombres. Por eso, si yo fuera el presidente, habría propuesto por lo menos una mujer para llenar las vacantes.
¿Cómo creés que va a evolucionar la relación entre el Gobierno y la Corte Suprema durante el mandato de Milei?
Me resultaría raro que Milei no tuviera conflictos con la Justicia si el Poder Judicial le empieza a poner límites. Por ejemplo, si llegara a declarar inconstitucional alguna de sus medidas. Considero que Milei es liberal sólo en materia económica, y en lo demás, es un populista de derecha, como planteé en un libro que publiqué el año pasado, El mito del gorila. Los populistas desdeñan las instituciones, creen que sólo ellos encarnan la voluntad popular y tienen siempre dos enemigos: la Justicia y el periodismo independiente. Por la personalidad de Milei y su carácter populista, no sería extraño que tuviera conflictos con el Poder Judicial.
¿Qué características deberían reunir idealmente los nuevos jueces de la Corte?
Es una pregunta de muy difícil respuesta. Hay una idoneidad técnica que deberíamos exigir. Deberían contar con una buena formación jurídica. Después, hay otras cosas que son más difíciles de evaluar previas a la designación. Como la decencia, la imparcialidad, la independencia, que son cualidades morales. Se requiere una combinación de conocimiento técnico y virtudes republicanas y morales. Los jueces de la Corte tienen que ser personas de mucha formación, particularmente en derecho constitucional. Y tienen que despertar mucha confianza por la rectitud de su conducta. Deberíamos tener la tranquilidad de que van a ser independientes. Más allá de esas virtudes generales, cada presidente tiene derecho a elegir a quienes más representen su cosmovisión. No se le puede pedir al presidente que designe a alguien contrario a sus ideas, aunque sí hay que exigirle a ese juez que no actúe de manera partidaria.
Si querés suscribirte a este newsletter, hacé click acá (llega a tu casilla todos los miércoles).
Si te gustó esta nota, hacete socio de Seúl.
Si querés hacer un comentario, mandanos un mail.